Régimen Interno

INDICE

TITULO I: DE LAS ASOCIACIONES MIEMBROS.

Capitulo I: De la Adquisición de la condición de miembro. (art. 1 - art. 18).

Capítulo II: De los derechos y deberes de los miembros.

    Sección 1ª: De los derechos de los miembros. (art. 19 – art. 24)
    Sección 2ª: De los deberes de los miembros (art. 25 – art. 32)

Capitulo III: De la perdida de la condición de miembro. (art. 33)

    Sección 1ª: Por la voluntad propia. (art. 34)
    Sección 2ª: Por perdida de la condición de asociación o de Junior Empresa. (art. 35, 36)
    Sección 3ª: Por incumplimiento grave y reiterado de las obligaciones de una asociación.(art. 37 – art. 41)
    Sección 4ª: Por perjudicar gravemente los intereses de la Confederación. (art.42, 43)

TITULO II: DE LOS ORGANOS RECTORES.

Capitulo I: De la Asamblea General. (art. 45, 46)

    Sección 1ª: Del Pleno. (art. 47)
    - Apdo.1º: Del orden del día (art. 48, 49)
    - Apdo.2º: De la constitución del Pleno (art. 50- art. 53)
    - Apdo.3º: De los debates (art. 54 – art. 63)
    - Apdo.4º De las votaciones (art. 64 – art. 73)
    Sección 2ª: De las Comisiones. (art. 74 – art. 82)

Capitulo II: De la Junta Directiva. (art. 83, 84)

    Sección 1ª: De la elección. (art. 85 – art. 93)
    Sección 2ª: De las reuniones. (art. 94 – art. 103)
    Sección 3ª: De los acuerdos sin sesión. (art. 104 – art. 106)
    Sección 4ª: De la responsabilidad de la Junta. (art. 107 – art. 112)

Capitulo III: Del Presidente. (art. 113 – art. 121)

Capitulo IV: De los Vicepresidentes. (art. 122, 123)

    Sección 1ª: Del Vicepresidente Regional. (art. 124 – art. 129)
    Sección 2ª: Del Vicepresidente Internacional (art. 130 – art. 135)
    Sección 3ª: Aspectos comunes. (art. 136 – art. 141)

Capitulo V: Del Secretario General. (art. 142 – art.149)

Capitulo VI: Del Tesorero. (art. 150 – art. 157)

Capitulo VII: Del Consejo Consultivo o Staff. (art. 158 – art. 161)

Capitulo VIII: De los Comités Autonómicos. (art. 612 – art. 165)

Capitulo IX: De las reuniones entre la Junta Directiva y las Junior Empresas. (art. 166)

Disposiciones Transitorias.

Disposiciones Finales.

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